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jueves, 19 de mayo de 2016

La FEB falla a favor de Gran Canaria y CB Avenida tendrá que pagar

Con el fichaje de Astou Ndor por el Perfumerías Avenida comenzaba la polémica por los derechos de formación de la jugadora que el Gran Canaria reclamaba y al que la FEB ha acabado dando la razón condenando al club salmantino a pagar una indemnización de 54.000€.
Foto vía kiaenzona.con
Según ha publicado “El Norte deCastilla”, la FEB ha enviado este miércoles a CB Islas Canarias y CB Avenida la resolución por la cual el club salmantino ha sido condenado a pagar 54.000 € al conjunto canario por los derechos formación de la pívot senegalesa Astou Ndour. En la resolución se hacía alusión a que, tras la revisión de los fundamentos jurídicos expuestos por el CB Islas Canarias, el club azulón debía proceder a dicha compensación económica por la expedición de licencia para esta temporada. En dicha resolución, se detallaban la fórmula y haremos públicos  empleados hasta llegar a la cantidad de 54.000 € procedentes  de los años que ha estado la jugadora tanto en el Gran Canaria como en la Selección.

La reclamación fue presentada por el CB Islas Canarias el pasado 10 de noviembre de 2015, pero ante la negativa en la respuesta del CB Avenida durante el mes siguiente, el conjunto insular solicitó a la Secretaría General de la FEB que procediesen a expedientar al club salmantino. No fue hasta el pasado 6 de abril cuando la Federación dio un plazo de cinco días a Avenida para que alegase sus razones por las que no había pagado la compensación al Gran Canaria. En ellas, según recoge la resolución, Perfumerías Avenida explicaba que existía un acuerdo con el club canario por el que éste renunciaba a la compensación. Además, aportaba dos documentos firmados en los que Domingo Díaz se comprometía a no pedir una compensación por los derechos de formación de la jugadora. Este acuerdo ha sido negado en rotundo por el propio club canario según apuntaba la FEB.


Por tanto, tras esta resolución, el CB Avenida deberá hacer el pago de la indemnización en un plazo improrrogable de 30 días desde la fecha de notificación de la resolución. En caso de una nueva negativa por parte del club salmantino, la Secretaría General de la FEB entenderá que se ha producido un incumplimiento de la obligación económica exigible que podrá acarrear consecuencias.

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